Actualmente la gran parte de los coches que se venden en el mercado vienen con faros FULL LED pero eso no quita que la mayoría de los que circulan en España aun lleven bombillas halógenas.
Por ese motivo muchos conductores tratan de mejorar la iluminación de su vehículo instalando tecnología mas avanzada, hasta la fecha todos sabemos que era ilegal hacerlo… pero desde el 1 Noviembre es una realidad, es legal instalar bombillas de LED en nuestros coches gracias a una modificación del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS.
Dejar de ser una reforma de importancia
Cambiar unas bombillas halógenas por una de LED ya no es una reforma de importancia, tampoco será necesario pasar por caja ni tener que meterlo en la ficha técnica de nuestros vehículos, sin embargo no es tan sencillo como parece, la dura ley de reformas española nunca pasa desapercibida.
Suele ser común que en otros países es más fácil cambiar las luces del coche que en España por ello la revisión séptima del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS ha sido muy bien acogida. Podremos mejorar la iluminación de nuestro vehículo sin complicarnos la vida. Solo hay una cosa a destacar a día de hoy que nos complicara la transformación, al menos hasta que no haya bombillas con un certificado especifico…en la pagina 189 del Manual de reforma dice lo siguiente:
“No se considerará reforma la instalación de repuestos o recambios (incluidos las lámparas LED de sustitución homologados según el Reglamento nº 37 de NNUU en faros homologados para óptica de incandescencia) ni la sustitución de grupos ópticos laterales y traseros de incandescencia por otros de sistema LED debidamente homologados y situados en el emplazamiento original”.
¿Que significa este texto del manual y el reglamento nº 37 de NNUU?
La instalación de una bombillas LED en unos faros halógenos es legal, sin embargo estas mismas deben estar homologadas según el Reglamento nº 37 de NNUU en faros halógenos con opticas de incandescencia.
Este reglamento no es una normativa española sino que viene de Naciones Unidas (NNUU).El Manual de Reformas de Vehículos español es el que remite a esta normativa para que cambiar las luces halógenas por LED sea legal.
En definitiva, las bombillas LED de sustitución deben cumplir con la misma normativa que regula las luces halógenas, la ECE R37, porque así lo determina el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en la revisión séptima del Manual. Y todo a pesar de que las luces LED llevan su propia regulación ECE R128, es realmente un sin sentido que unas bombillas LED deban tener una reglamentación de las halógenas.
Una vez mas esto nos complica cambiar estas bombillas por la compleja normativa española, en otros piases simplemente con que los productos tengan homologación para venderse en Europa será suficiente.
Por tanto para que la instalación de las mismas sea 100% legal en faros con ópticas halógenas, los kit led deberán llevar el marcado ECE R37 y por el momento no existen en el mercado, esperemos que las grandes marcas como PHILIPS y Osram muy pronto las saquen al mercado, con el cambio de la reforma se abre un abanico muy interesante en nuestro país para vender sus productos.
¿A que vehículos afecta esta normativa?
La reforma (revisión séptima) del Manual de Reformas de Vehículos que hace referencia a las luces LED de recambio está dirigida a los vehículos de categorías M, N y O: turismos, furgonetas y remolques.
Esta reforma exime LAS MOTOS, no podrán llevar bombillas LED.